En el día internacional de la No Violencia queremos, desde el IVANN, sensibilizar a la población sobre las violencias acaecidas dentro del hogar, destacando además la violencia de género, para poner a su disposición algunos recursos de gran utilidad.

Situación actual en España

La violencia de género es un fenómeno que acusa nuestra realidad social y constituye un grave problema que atañe a todos los estratos sociales y culturas. Este fenómeno no sólo impide el desarrollo personal, familiar, social y profesional de la mujer en condiciones de libertad, dignidad e igualdad; sino que más aún, supone un atentado contra su integridad y contra su propia vida, así como a la de sus hijos/as que sufren la vivencia de dichas situaciones (Escribano Martínez).

Según el Instituto Nacional de Estadística (2021) , el número de mujeres víctimas de violencia de género aumentó un 3,2% en el año 2021, hasta 30.141.

¿Qué tipos de violencia existen?

– La violencia es « el uso de la fuerza física o el poder contra uno mismo, hacia otra persona, un grupo o comunidad que cause o tenga muchas probabilidades de causar lesiones, muerte, daños psicológicos…” (OMS)

– La violencia familiar o doméstica se refiere a los malos tratos o agresiones físicas, psicológicas, sexuales o de otra índole, infligidas por personas del medio familiar y dirigida generalmente a los miembros más vulnerables de la misma (menores, mujeres o personas ancianas).

– La violencia de pareja incluye las agresiones producidas en el ámbito privado en el que el agresor (generalmente varón, pero puede ser la mujer), tiene una relación de pareja con la víctima. Existe habitualidad, sometimiento y control.

– La violencia de género a la que vamos a referirnos a partir de ahora. Es aquella que tiene su origen en la desigualdad de género, por tanto se define como: “la violencia especifica contra las mujeres, utilizada como instrumento para mantener la discriminación, la desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres. Comprende la violencia física, sexual y/o psicológica, incluyendo amenazas, coacción o privación arbitraria de libertad, que ocurre en la vida publica o privada y tiene como riesgo el hecho de ser mujer”.

¿A qué llamamos violencia de pareja o maltrato en el hogar?

Incluye este tipo de violencias (ONU Mujeres):

Violencia física: golpes, patadas, quemaduras, pellizcos, empujones, bofetadas, tirar del cabello, morder, denegar atención médica u obligar a consumir alcohol o drogas. Puede incluir daños a la propiedad.

Violencia sexual: obligar a la otra persona a participar en un acto sexual sin su consentimiento.

Violencia psicológica: provocar miedo a través de la intimidación, amenazar con causar daño físico a una persona (pareja o hijos, mascotas o bienes..), aislar la persona de sus amistades, de su familia, escuela o trabajo.

Violencia económica: conseguir la dependencia financiera de otra persona manteniendo un control total sobre sus recursos financieros, impidiéndole acceder a ellos y prohibiéndole trabajar.

Violencia emocional: minar la autoestima de una persona a través de críticas constantes, infravalorar sus capacidades, insultarla o someterla a abuso verbal, dañar la relación con sus hijos/as.

¿A qué llamamos violencia de género?

Este tipo de violencia es la que se da de un hombre (como agresor) a una mujer (como víctima), dentro de una relación emocional o no. Comprende la violencia física, sexual y psicológica.

¿Cómo reconocer si sufro violencia de género?

La violencia de los hombres sobre las mujeres suele comenzar de forma insidiosa por lo que en un gran número de ocasiones es difícil reconocerla, incluso por la propia mujer (Tourné Garcia et al., 2007). Esta va progresivamente aumentando en intensidad y frecuencia (escalada de violencia), según un ciclo de violencia definido por Leonor Walker en 1984 en 3 fases:

· Tensión: la irritabilidad aumenta con discusiones donde aparecen la violencia verbal y ademanes premonitorios de agresión física.

· Agresión: estalla la violencia con agresión física, psíquica y/o sexual. Suele ser la fase donde la mujer denuncia o pide ayuda.

· Calma o “luna de miel”: desaparecen la violencia y la tensión y se inician por parte el agresor estrategias de manipulación afectiva y falso arrepentimiento, lo que hace difícil la decisión de la mujer de romper con la situación.

No hay un perfil de victima ni de persona agresora, sino que cualquiera puede sufrir una situación de maltrato o ser el causante.

El miedo que quizás sientas está relacionado con:

· Baja autoestima, culpabilización

· Ser dependiente económicamente, estar fuera del mercado laboral

· Sentimientos de vergüenza y humillación

· Deseo de proteger a la pareja

· Desconfianza en el sistema sanitario

· Minimización de lo que ocurre

No obstante es importante conocer y detectar lo antes posible si estamos sufriendo dicha violencia para saber qué recursos tenemos a nuestra disposición y como solventar esa situación.

¿Qué recursos tengo a mi disposición en caso de sufrir violencia de género?

No hace mucho tiempo, las mujeres víctimas de violencia de género y sus hijos e hijas cuando necesitaban de protección, tenían que salir de su entorno y ser alojadas en residencias alternativas. La Ley reguladora de la Orden de Protección supuso un punto de inflexión al establecer una medida de protección judicial que protegía a las mujeres sin la necesidad de tener que abandonar su domicilio.

Posteriormente, la Ley Orgánica 1/2004 estableció los derechos esenciales que la condición de víctima de violencia de género otorga a estas mujeres y a sus hijos e hijas (BOE).

El artículo 19 de esta Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, (BOE) de Medidas de Protección Integral contra la violencia de género, reconoce el Derecho a la Asistencia Social Integral de las mujeres víctimas de violencia de género y de sus hijos e hijas.

Artículo 19. Derecho a la asistencia social integral:

1. Las mujeres víctimas de violencia de género tienen derecho a servicios sociales de atención, de emergencia, de apoyo y acogida y de recuperación integral. La organización de estos servicios por parte de las Comunidades Autónomas y las Corporaciones Locales, responderá a los principios de atención permanente, actuación urgente, especialización de prestaciones y multidisciplinariedad profesional.

2. La atención multidisciplinar implicará especialmente:

· Información a las víctimas.

· Atención psicológica.

· Apoyo social.

· Seguimiento de las reclamaciones de los derechos de la mujer.

· Apoyo educativo a la unidad familiar.

· Formación preventiva en los valores de igualdad dirigida a su desarrollo personal y a la adquisición de habilidades en la resolución no violenta de conflictos.

· Apoyo a la formación e inserción laboral.

¿Cómo debo actuar ante la violencia de género?

Si corres peligro, avisa a la Policía (112), y recuerda que puedes abandonar el domicilio familiar sin perder derechos, siempre que en un plazo de 30 días interpongas denuncia o demanda de separación.

Si tienes miedo de regresar a por tus cosas llama a la policía o a la Guardia Civil para que te acompañen.

Si puedes, lleva contigo lo más imprescindible (Instituto Aragonés de la Mujer) :

· El DNI o Pasaporte tuyo y de tus hijas e hijos.

· Las tarjetas sanitaria y de la Seguridad Social.

· El Libro de Familia

· Certificados médicos tuyo y de tus hijas e hijos.

· Libretas de Ahorro y tarjetas de crédito.

· Permiso de trabajo si no tienes la nacionalidad española.

· Además, si puedes, recoge toda la documentación que consideres importante como:

  • Permiso de Conducir
  • Dinero
  • Llaves
  • Contrato de arrendamiento de la vivienda o escrituras de la propiedad de la misma.
  • Documentos de Seguros.
  • Medicamentos.
  • Agenda de direcciones y de teléfonos de familiares y amigos.
  • Tu nómina y la de la persona con la que convives o bien copia de la última Declaración de la Renta.

No te preocupes si dejas algo atrás, la Policía puede acompañarte en cualquier momento si necesitas recoger algo de tu domicilio.

Desde IVANN dejamos las puertas abiertas para proporcionarte el acogimiento, escucha y atención que mereces, no dudes en ponerte en contacto con nosotros al: 963 44 44 10

Plaça de Sant Felip Neri, 4, 46021 València, Valencia

IVANN INSTITUTO NEUROCIENCIAS S.L

Referencias Bibliográficas

BOE, L. consolidada. (n.d.). Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

Escribano Martinez, A. (n.d.). Juntos contra la violencia de género.

Instituto Aragonés de la Mujer. (n.d.). Programa de intervencion familiar con unidades familiares en las que se produce violencia de género. 9.

Instituto Nacional de Estadistica. (2021). Estadística de Violencia Doméstica y Violencia de Género (EVDVG).

ONU Mujeres. (n.d.). Preguntas frecuentes: Tipos de violencia contra las mujeres y las niñas.

Tourné Garcia, M., Ruiz Hernandez, M., Escribano Sabater, C., Gea Serrano, A., & Salmeron Arjona, E. (2007). Protocolo para la deteccion y atencion de la violencia de género en atencion primaria.

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